Serán causas de cancelación de los apoyos, las siguientes:
a) Cuando el beneficiario incurra en falta con las obligaciones señaladas en la numeral 4.4.2.3, de estas reglas de operación;
b) Cuando la IES lo solicite por escrito a la SEMS, y ésta sea aprobada por considerarse plenamente justificada;
c) Cuando el beneficiario renuncie expresamente por escrito a los beneficios del apoyo
d) Cuando el beneficiario abandone sus estudios,
e) Cuando el beneficiario proporcione o haya proporcionado datos falsos o incompletos para su incorporación o permanencia en
EL PROGRAMA
f) Cuando el beneficiario altere la documentación e informes requeridos por
EL PROGRAMA.
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